Lotaip 2014

 

LOTAIP

 

Transparencia y Acceso a la Información 2014.

 

Considerando:

 

TRANSPARENCIA 2014

 

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:

El Gobierno Parroquial de El Ingenio., del cantón Marcabeli, Provincia el Oro, publica por medio de la página web http://www.gadelingenio.gob.ec  Hace conocer la información del Periodo 2014.

  • Formato A  - Defensoría del Pueblo.
  • Formato B1 y B2  - Defensoría del Pueblo.
  • Formato C  - Defensoría del Pueblo.
  1. Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;                                                                                                                  

B. Directorio de la institución El directorio comple

LEto de la institución, así como su distributivo de personal. Este punto se enfoca al listado de cargos y escalas salariales de la institución.

C. La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso los beneficios de ley, según lo establezcan las disposiciones correspondientes. No es necesario incluir el nombre de los funcionarios.

D. Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

E. Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;

  • NO APICCA.
  • CONTRATOS COLECTIVOS VIGENTES.

F. Formularios y formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción.

  • FORMULARIOS PARA TRÁMITES.

G. Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos.

H. Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal.

  • NO APLICA.
  1. Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones.

J. Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;

  • NO TENEMOS.

K. Planes y programas de la institución en ejecución;

L. El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contrato de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés

  • CONTRATOS DE CREDITO.

M. Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño.

N. Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; Área Financiera.

O. El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata esta Ley;

  • RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA

P.   La Función Judicial y el Tribunal Constitucional, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las sentencias ejecutoriadas, producidas en todas sus jurisdicciones;

NO APLICA

Q.   Los organismos de control del Estado, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como sus informes, producidos en todas sus jurisdicciones;

NO APLICA

R.   El Banco Central, adicionalmente, publicará los indicadores e información relevante de su competencia de modo asequible y de fácil comprensión para la población en general;

NO APLICA

S.Los organismos seccionales, informarán oportunamente a la ciudadanía de las resoluciones que adoptaren, mediante la publicación de las actas de las respectivas sesiones de estos cuerpos colegiados, así como sus planes de desarrollo local

ACTAS

RESOLUCIONES

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